A solicitud de la Inspectora de Educación Especial SALADINO, Rosana,
informa apertura de la inscripción al listado de Emergencia para la Modalidad
de Educación Especial, Según Disp.18/17, para el cargo que se detalla a
continuación:
• M. Estimulador/a (CE)
• M. Trast.Emoc.Severos (TP)
• M. Sordos e hipoacúsicos (SH)
Las instancias de evaluación serán:
● Antecedentes Personales y Profesionales,
● Entrevista a considerar por la Comisión Evaluadora.
Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579,
sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados
cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de
dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la
sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores
designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter
definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de
Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica
correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección
del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En
caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un
funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10)
días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas.
Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para
alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de
Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren
prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo
procedimiento señalado precedentemente.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Es indispensable la presentación de la planilla de inscripción incluyendo
títulos y certificaciones, DNI anverso y reverso y en caso de presentar
antigüedad en la modalidad, la misma, debe ser certificada por autoridad
competente. No es necesario presentar curriculum.
Difusión: Del 04/03/24 al 08/03/24.
Inscripción: 08, 11 y 12 de Marzo de 2024. Enviar la documentación en un único PDF.
Único correo para estos fines: sad041listados@abc.gob.ar
En el horario de 8:00 a 16:00 HS; indefectiblemente.
Por información Blog: sadgralpaz.blogspot.com.ar
Secretaría de Asuntos Docentes de GRAL PAZ.
Ranchos, 4 de marzo de 2024.
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